el cliente puede tener derecho al código fuente

El pasado 19 de Junio, justo hace una semana, se publicó en el suplemento Ciberpais del diario El Pais una noticia con el mismo título de este post. Llevo toda la semana esperando a ver si leia algo del tema por otro sitio, pero visto que no ha tenido repercusión he decidido escanear la noticia y colgarla aqui.

Creo que estamos ante una sentencia que puede llegar a cambiar la forma de trabajar de muchas empresas. Por lo que dice el artículo el Tribunal Supremo ha dado la razón a una gestoría que demandó a una empresa de informática por no facilitarle los fuentes de un desarrollo contratado a medida. Esto da un vuelco total a las relaciones desarrolladores – clientes. Teniendo en cuenta que la mayoría de profesionales del desarrollo se dedica a hacer software a medida, esta sentencia puede tener una gran repercusión en dicho mercado y en la industria en general. No digo más, dejo la noticia para que cada uno saque sus conclusiones.

5 comentarios en «el cliente puede tener derecho al código fuente»

  1. pues yo creo que sencillamente lo que va a pasar es que en los desarrollos a medida a partir de ahora se pondrá en el contrato si el precio incluye el código fuente o no. ¿O sería una clausula abusiva vender sólo la aplicación sin fuentes?

  2. Erik,

    no es tan sencillo. Aunque el cliente te esté pagando el trabajo, seguro que estás aplicando rutinas, técnicas, componentes,… que ya tenías desarrolladas anteriormente. ¿La vas a dar todo eso a tu cliente?

    Es cierto que hay cosas que se pueden meter en una librería y entregársela compilada al cliente, pero otras no. Además, frente a esta sentencia, ¿estamos seguros de que esas librerías no serán también objeto de disputa? A fin de cuentas, es trabajo que hemos desarrollado nosotros mismos, y no una multinacional (léase librerías de la herramienta), y el cliente podría alegar que también nos lo ha pagado.

    Yo tengo una copia comentada de la Ley sobre la Protección Jurídica de Programas de Ordenador (Ley 16/1993) y en su momento la leí atentamente. ¿Sabeis que la propia Ley autoriza a descompilar un programa si las circunstancias lo justifican? Ante ésto (y sólo si está justificado) no podemos hacer nada. Como consuelo la Ley nos protege en el sentido de que el cliente NO puede obtener un beneficio económico de los fuentes del programa, y si lo hace, lo podemos denunciar (pero, ¿quién se mete en pleitos?).

    Aunque no todo está en nuestra contra. Si no me equivoco, y con la Ley en la mano, hay una forma de evitar entregar los fuentes o que puedan legalmente descompilar el programa: poner un precio razonable a los fuentes (ojo, que no vale decir que los fuentes valen 1 millón de euros, tiene que ser un precio justo).

    En este caso, la propia Ley nos ampara. Si el cliente no quiere comprar los fuentes y descompila el programa, estará obteniendo un beneficio económico (lo que se ahorra de pagar), y la Ley lo prohibe expresamente. Al mismo tiempo, no le estamos negando la posibilidad de tener los fuentes, simplemente le estamos poniendo un precio, y la Ley no nos obliga a entregarlos gratis.

  3. Como documentalista, cuestiones así se plantean todos los días, cuando realizamod una búsqueda documental para un cliente y le ofrecemos información elaborada ¿debemos ofrecerle también las fuentes de donde extraemos la información? Ahi está la cuestión, yo creo que como cleintes, deben de contar con el código fuente, pero eso sí, como habeis dicho, no hacer uso de él para fines ecónomicos, puesto que sus derechos de autor corresponden al programador.

  4. Me parece una bobada todo esto. Si a mi como empresa, me obligan a dar el codigo fuente bajo ciertas circunstancias DEJO LA INFORMATICA, porque joder, quien no me dice que van a utilizar el codigo fuente en su beneficio propio. ¿COMO PUÑETAS SOBREVIVIMOS LOS QUE NOS DEDICAMOS A ESTO?
    Si ya hago un desarrollo a medida, quiero que mi cliente si necesita algo más a posteriori, pague por ampliaciones, y gracias a esa politica YO PUEDO COMER, en el caso de que deba darle el codigo el cliente, o su sobrino que esta acabando la carrera, o el que hace practicas SERA QUIEN HAGA LAS MODIFICACIONES, ahorrandose dinero si, pero yo PIERDO clientes.
    ¿NO TENEMOS DERECHO A GANAR DINERO LOS QUE NOS DEDICAMOS A ESTO?

    Eso si yo aceptaria la venta del código fuente, no su distribución: Por ejemplo.
    Aplicación a medida sin código fuente: 450 eurs (por por poner un ejemplo)
    La misma aplicación con código: 2000 o 3000 euros.

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